viernes, 15 de marzo de 2013

Entrada 5. Medidas de atención a la diversidad



Existe gran diversidad de alumnos en cada grupo, de hecho, hace unos años se diferenciaban: alumnos “normales”, alumnos que presentaban alguna discapacidad y alumnos de etnia gitana. Hace 15 años la  diferenciación se ampliaba en: alumnos “normales”, alumnos con alguna discapacidad, alumnos de etnia gitana y alumnos de distintas nacionalidades. Actualmente hacemos la siguiente distinción: alumnos con desventajas sociales, alumnos con problemas de salud, alumnos sin padres (huérfanos), con dos madres o dos padres y los llamados “alumnos llavero” que son aquellos que se les deja casi todo el día aun siendo pequeños y se les llena de responsabilidades como abrir y cerrar la puerta de su casa al irse al colegio, no están controlados por sus padres, que llegan tarde a casa.


Para esta gran variedad de alumnos se han creado unas medidas de atención a la diversidad.

La atención a la diversidad es como el conjunto de actuaciones educativas dirigidas a dar respuesta a las distintas capacidades, ritmos y estilos de aprendizaje, motivaciones e intereses, situaciones sociales, culturales, lingüísticas y de salud de los alumnos. Su finalidad es asegurar la igualdad de oportunidades de todos los alumnos ante la educación y evitar el fracaso escolar y, en consecuencia, riesgo de abandono escolar. Existen tres grandes rangos:
  • Los que están en la media pero en algún momento han necesitado atención.
  • Los que están por debajo de la media.
  • Los que están por encima de la media.

Estas medidas se dividen en 3:

1. Medidas Ordinarias:

Conforman las distintas estrategias de organización y las modificaciones que debe de realizar cada centro escolar  respecto a los agrupamientos, métodos, técnicas, actividades y estrategias de enseñanza, aprendizaje y evaluación que deben utilizar con la finalidad de atender a la diversidad de alumnos y de situaciones que se plantean intentando siempre no modificar elementos prescriptivos del currículo como los objetivos, contenidos y criterios de evaluación.

Son medidas ordinarias:
  • Los diferentes agrupamientos que el centro puede establecer: desdobles, grupos flexibles, grupos de profundización y enriquecimiento, grupos de refuerzo en las áreas y asignaturas instrumentales, talleres, grupos de aprendizaje de la lengua castellana, adquisición de distintos sistemas alternativos de comunicación...
  • El establecimiento de un horario flexible y espacios adaptables a las necesidades de los diferentes tipos de agrupamientos.
  • La adecuación de los objetivos priorizando y seleccionando los contenidos a las características de alumnado
  • La organización de los contenidos en ámbitos integradores
  • La utilización de estrategias metodológicas que favorezcan la participación de todo el alumnado como el aprendizaje cooperativo, la tutoría entre iguales,
  • La incorporación de diferentes opciones metodológicas adecuando las técnicas y estrategias más adecuadas según las dificultades del alumnado en relación al aprendizaje de determinados contenidos
  • La adecuación de las actividades a los diferentes niveles de competencia curricular del alumnado, respecto al mismo contenido
  • La selección de diferentes materiales y recursos para la realización de actividades procurando la motivación del alumnado.
  • Las técnicas, procedimientos, e instrumentos de evaluación que se adapten a las necesidades educativas del alumnado, que no supongan modificaciones en los criterios de evaluación.
  • Las medidas de profundización y enriquecimiento para el alumnado con altas capacidades.

Entre las medidas ordinarias se encuentran: El Proyecto Educativo de Centro (PEC), Las Programaciones didácticas (PD) los apoyos y refuerzos y las Adaptaciones Curriculares.

Proyecto educativo de centro (PEC)

El proyecto educativo de centro es el documento que recoge el conjunto de decisiones asumidas por la comunidad escolar  en relación a las opciones educativas básicas y la organización general del centro.


Programaciones didácticas (PD)


La programación didáctica  son instrumentos de planificación, desarrollo y evaluación de las áreas del currículum, es poner de manera ordenada y significativa, los conocimientos, las tareas y actividades a realizar, los objetivos a cumplir, los recursos a usar y otros datos. Todos ellos en conjunto permiten tener una visión más clara del proceso de enseñanza y analizar de mejor modo los resultados a medida que estos se vayan obteniendo.

Apoyos y refuerzos

Los apoyos y refuerzos son muy importantes para los alumnos y pueden hacerse en grupo o de manera individual. Lo llevan a cabo los profesores de cada asignatura.

Están dirigidos a alumnos que presentan dificultades del aprendizaje en los aspectos básicos e instrumentales del currículo y/o no han desarrollado convenientemente los hábitos de trabajo y estudio.

El refuerzo individual en el grupo ordinario puede ser:

Trabajo individualizado: consiste en trabajar de forma más lenta e individualizada con los alumnos de apoyo para subsanar aquellas dificultades que en grupo no se corrigen.

La organización del trabajo en pequeños grupos: pueden ser grupos homogéneos en los cuales todos trabajan los mismos objetivos o pueden ser grupos heterogéneos en los cuales unos se enriquecen del conocimiento del resto de compañeros.

Los agrupamientos flexibles se centran en áreas como Lengua Castellana y Literatura y en Matemáticas. Permiten el refuerzo colectivo de un grupo de alumnos. Se realiza en horario simultáneo que el grupo ordinario. Se revisa trimestralmente para sacar del refuerzo a los alumnos que hayan superado las dificultades o también para incorporar a otros alumnos con problemas de aprendizaje.

Los apoyos pueden ser de tres tipos:
  • Los apoyos previos se realizan antes de explicar la lección. Se les enseña el contenido antes de explicar la lección a aquellos alumnos que tengan dificultades para seguir el ritmo de la clase.
  • Los apoyos simultáneos: se realizan en el mismo momento en el que el resto de alumnos están haciendo actividades.
  • Los apoyos posteriores: después de hacer los ejercicios se detectan problemas en algunos alumnos y se les ayuda para que puedan reengancharse al ritmo de los compañeros.



Adaptación curricular no significativa

Una adaptación curricular es un tipo de estrategia educativa que generalmente está dirigida a alumnos con necesidades educativas especiales y consiste en la adecuación en el currículum de un determinado nivel educativo con el objetivo de hacer que determinados objetivos o contenidos sean más accesibles a un alumno o un determinado tipo de personas. Se trata de tener en cuenta las limitaciones de cada alumno a la hora de planificar la metodología, los contenidos y, lo más importante, la evaluación.

Hay distintos tipos de adaptación curricular: Significativa y no significativa.

NO SIGNIFICATIVA: Se modifican aquellos elementos que no son prescriptivos o básicos en el currículo. Se trata de adaptaciones en cuanto a la temporalización, las actividades que se realizan, la metodología usada, o la manera a la hora de realizar la evaluación. También pueden suponer algunas variaciones en los contenidos, pero sin implicar un desfase curricular de más de un ciclo escolar (dos cursos).






2. MEDIDAS EXTRAORDINARIAS

Son medidas extraordinarias aquellas que introducen modificaciones en el currículo ordinario para adaptarse a la singularidad del alumnado y que exigen la evaluación psicopedagógica y el dictamen de escolarización del responsable de orientación.

Las medidas extraordinarias se aplican después de haber agotado las medidas ordinarias, se realiza después de haber hecho una evaluación psicopedagógica.

Abordan las medidas de carácter individual que se toman en un centro escolar para atender las necesidades educativas específicas que presenta el alumnado. Estas medidas se  suelen adoptar cuando las medidas ordinarias de atención a la diversidad se hayan agotado.

Son medidas extraordinarias:
  • Adaptaciones curriculares significativas que se realizan para el  alumnado con necesidades educativas especiales y que suponen  modificación o eliminación de alguno de los elementos prescriptivos  del currículo: objetivos, contenidos y criterios de evaluación.
  • Adaptaciones curriculares de acceso: modificaciones o provisión de recursos espaciales, materiales o de comunicación que van a facilitar que algunos alumnos con necesidades educativas especiales puedan desarrollar el currículo ordinario o, en su caso, el currículo adaptado.
  • Flexibilización para los alumnos con necesidades educativas específicas por superdotación intelectual.
  • Grupo de apoyo en compensatoria para el alumnado que presente desfase escolar significativo, con dos o mas cursos de diferencia entre su nivel de competencia curricular y el nivel en que efectivamente está escolarizado, por pertenecer a minorías étnicas o culturales en situaciones de desventaja socioeducativa, o a otros colectivos socialmente desfavorecidos,
  • Aulas de Enlace concebidas para atender a dos perfiles de alumnos:
• Con desconocimiento de la lengua española.
• Alumnos con grandes carencias en conocimientos básicos como consecuencia de su escolarización irregular en el país de origen.

Las medidas extraordinarias incluyen: La repetición y la evaluación psicopedagógica, que se divide en Adaptación curricular (significativa) y programas de diversificación curricular.

La repetición de curso
 
La repetición de curso sólo se puede realizar una vez en toda la Educación Primaria y siempre al finalizar el ciclo, es decir, en segundo, cuarto o sexto de primaria. : la repetición en primaria, lo decidirá haciendo un informe o no, y la decisión la tomará la junta de profesores, con el motivo de que el niño consiga recuperar lo del año anterior.

En Educación Infantil no se puede repetir nunca, a no ser que se trate de un caso muy excepcional. La decisión de que un niño de 3 a 6 años repita curso es tomada por el inspector y cuando solo cuando un dictamen de escolarización lo aconseje.

La evaluación psicopedagógica de Alumnos Con Necesidades de Apoyo Educativo (ACNAE
 
Es un proceso de toma de decisiones en la cual se muestra cual es la necesidad educativa y que medidas son necesarias para poder cubrirla. Esta evaluación ha de proporcionar información sobre las circunstancias personales y familiares de los alumnos y con estos conocimientos poder mejorar la oferta académica.

La evaluación psicopedagógica se divide en:

1) ADAPTACIÓN CURRICULAR SIGNIFICATIVA: 
 
Supone la eliminación de contenidos y objetivos del currículo. Afecta principalmente a los elementos prescriptivos del currículo oficial ya que se modifican objetivos generales de cada etapa escolar, contenidos básicos y nucleares de las diferentes áreas curriculares y criterios de evaluación.
Es una medida muy excepcional que se toma cuando un alumno no es capaz de alcanzar los objetivos básicos. En estos casos los evaluadores deben ser más rigurosos y la evaluación de los aprendizajes ha de ser especializada, ya que tienen que tener en cuenta muchos factores.

Estas adaptaciones pueden consistir en:
  • Adecuar los objetivos, contenidos y criterios de evaluación.
  • Priorizar determinados objetivos, contenidos y criterios de evaluación.
  • Cambiar la temporalización de los objetivos y criterios de evaluación.
  • Eliminar objetivos, contenidos y criterios de evaluación del nivel o ciclo correspondiente.
  • Introducir contenidos, objetivos y criterios de evaluación de niveles o ciclos anteriores.
2) PROGRAMAS DE DIVERSIFICACIÓN CURRICULAR: 
 
Sólo se aplica a de Educación Secundaria y se trata de una forma especial de trabajar en 3º y 4º de la ESO con una adaptación curricular y tienen la finalidad que todos los alumnos, mediante una determinada metodología y unos contenidos que se adapten a sus necesidades consigan alcanzar los objetivos generales que se proponen en la etapa de la ESO y así poder conseguir el Graduado en ESO.

3. OTRAS MEDIDAS

La compensatoria: Los maestros y maestras trabajan únicamente con niños de otras nacionalidades y con niños con problemas y les ayudan a integrarse. Se trata de un programa que pretende garantiza tanto el acceso, la permanencia como la promoción en el sistema educativo de los alumnos que están en desventaja social, promueve la igualdad de oportunidades.

Equipos de atención domiciliaria y hospitalaria ( EAD y H): se trata de personas que se encargan de educar a niños que no pueden asistir a clase y van a los distintos domicilios o al hospital. Si tenemos un niño con estas características, tenemos la OBLIGACION como maestros de preparar el material de trabajo y la tarea para que el niño la pueda hacer en casa.

También podemos encontrar otras como:
  • Las escuelas en los circos, que lo proporciona el Ministerio, las coloca cuando hay un número determinado de alumnos, y el circo es el encargado de proporcionarle la caravana y la comida.
  • Las cárceles
  • Las familias itinerantes y los temporeros (cuando es la época de la recogida de la aceituna, la uva…etc.) y las familias tiene que acudir a trabajar en diferentes lugares, se habilitan escuelas para los hijos de los trabajadores, y los niños irán cambiando de escuelas cada vez que sus padres se desplacen a otros lugares.












Entrada 4. Planificación educativa




La planificación educativa es una herramienta utilizada para que el docente o la docente tomen ciertas decisiones. Tiene como propósito facilitar la organización de todos aquellos elementos que sirvan para orientar el proceso educativo. Se encarga de especificar los fines, objetivos y metas de la educación. Además, ayuda a reducir el nivel de incertidumbre, anticipándose a lo que podrá ocurrir en la clase. Tiene como objetivo conseguir una relación coherente entre los resultados de evaluación, lo que se piensa (conocido como plan) y lo que se hace (el desarrollo del plan).

1.DOCUMENTOS DE LA PLANIFICACIÓN EDUCATIVA


Los documentos institucionales son aquellos textos o documentos elaborados en el propio centro por sus órganos de gobierno, de coordinación y participación y que sirven para ordenar el funcionamiento interno del centro y mejorarlos.
Es muy importante tener en cuenta que Los centros docentes dispondrán de autonomía pedagógica, de organización y de gestión en el marco de la legislación vigente y en los términos recogidos en la presente Ley y en las normas que la desarrollen al igual que dispondrán de autonomía para elaborar, aprobar y ejecutar un proyecto educativo y un proyecto de gestión, así como las normas de organización y funcionamiento del centro.

Programación General Anual (P.G.A.) 
Todos los centros educativos elaborarán al comienzo de cada curso una programación general anual que recogerá todos los aspectos relacionados con la organización y funcionamiento del centro, incluyendo los proyectos, el currículo, las normas, y todos los planes de actuación acordados y aprobados. (Artículo 125 L.O.E.). El Equipo Directivo coordinará y se encargará de la elaboración de la P.G.A. de acuerdo con los criterios adoptados por el Consejo Escolar, propuestas realizadas por el claustro de profesores y de las asociaciones de padres y madres del alumnado.  Incluye las modificaciones del PEC. Será aprobada por el Consejo Escolar.

Memoria Anual
Es el documento institucional que recoge la evaluación interna de cada centro. Cierra el ciclo de planificación del curso académico y posibilita con sus conclusiones iniciar el ciclo de planificación del curso siguiente. 
Los responsables de la fase previa a su elaboración es el Equipo directivo, más tarde todas las unidades organizativas y de administración se encargarán de elaborar las propuestas realizadas anteriormente. Y por último el Equipo directivo y CCP se encargarán de analizar, redactar y presentar dichas propuestas. 
La Memoria Anual debe contener Propuestas de Mejora ya que sin ellas este documento pierde todo su valor, las propuestas son el último fin de la memoria que cierran el círculo virtual de mejora continua. Estas propuestas deben ser concretas y claras, no deben ser muchas y están referidas a las responsabilidades del profesorado y de la Comunidad educativa, aunque también pueden plantearse necesidades a la Administración Educativa. A diferencia de la P.G.A. que tenía una función eminentemente de planificación y anticipación, la Memoria Anual tiene una función de evaluación y valoración de lo planificado.

El Proyecto Educativo del Centro (PEC)
 
Recogerá los valores, los objetivos y las prioridades de actuación, deberá tener en cuenta las características del entorno social y cultural del centro. También recogerá la forma de atención a la diversidad del alumnado y la acción tutorial así como el plan de convivencia, y deberá respetar el principio de no discriminación y de inclusión educativa como valores fundamentales. 

El P.E.C. contiene un análisis del contexto socio-cultural y económico en el que se encuentra ubicado el centro. También incorpora las decisiones que permiten responder a las siguientes cuestiones:

 1.¿Quiénes somos? (Señas de identidad)

 2. ¿Qué queremos? (propósitos o finalidades del centro y objetivos curriculares de las etapas)

 3.¿Cómo nos organizamos? (relación de colaboración entre padres, alumnos y docentes con el entorno.    Estructura y funcionamiento)

El Proyecto Educativo del Centro lo elabora el equipo directivo, coordinando su elaboración y se responsabilizará de la redacción del PEC de acuerdo con las directrices que ha establecido anteriormente el consejo escolar y con las propuestas realizadas por el claustro de profesores, la AMPA y el consejo de delegados de alumnos.  Será aprobado y evaluado por el Consejo Escolar.

Dentro del PEC podemos encontrar:

- Programación didáctica


Es el instrumento específico de planificación, desarrollo y evaluación de cada una de las áreas del currículo y en ella se concretan los objetivos, las competencias básicas, los contenidos, los diferentes elementos que componen la metodología y los criterios y los procedimientos de evaluación.


El referente para elaborarlas es el decreto de curriculum. Son elaboradas por los profesores, coordinadas por el coordinador de ciclo y aprobadas por el consejo escolar. Tiene que fijarse en: contexto, objetivos, criterios, atención a las necesidades especiales y competencias básicas.

- Plan de atención a la diversidad (PAD)


La atención a la diversidad es uno de los principios básicos para facilitar una educación más individualizada que permita ajustar la respuesta educativa a los alumnos en lo que se refiere a su capacidad de aprendizaje, a sus intereses y motivaciones, como a las diferencias que entre ellos pueden darse debido a su origen social o cultural.

- El Plan de Atención a la Diversidad debe ser entendido como el conjunto de actuaciones organizativas, apoyos y refuerzos que diseñamos y ponemos en práctica para proporcionar a nuestro alumnado la respuesta educativa más ajustada a sus necesidades educativas generales y particulares.


Dichas medidas deben integrarse continuamente desde el refuerzo ordinario al apoyo específico a los alumnos con necesidades educativas especiales por diferentes causas: discapacidad física, psíquica, sensorial o por manifestar graves trastornos de la personalidad o de la conducta, la atención al alumnos superdotados y la integración educativa del alumnado inmigrante con desconocimiento del idioma o del alumnos de ambiente social y familiar desfavorable con necesidades de compensación educativa.
  • Alumnos con necesidad de refuerzo ordinario son alumnos que presentan dificultades del aprendizaje en los aspectos básicos e instrumentales del currículo y/o no han desarrollado convenientemente los hábitos de trabajo y estudio.La detección inicial de los posibles alumnos que deben recibir refuerzo educativo será realizada por los tutores, quienes al inicio del curso, realizarán una evaluación de las características de los alumnos y determinarán cuáles pueden necesitar apoyo educativo.
  • Alumnos con apoyo específico: Son aquellos alumnos a los que se refiere el artículo 73 de la LOE  considerados de necesidades educativas especiales, tras haber realizado una previa evaluación psicopedagógica, susceptibles de recibir apoyo por parte del especialista de Pedagogía Terapéutica y/o Audición y Lenguaje. Estas necesidades pueden estar asociadas a condiciones personales de discapacidad
    •  Retraso mental.
    • Déficit auditivo.
    • Déficit visual.
    • Trastorno generalizado del desarrollo.
    • Trastorno disocial.
    • Hiperactividad con déficit de atención…
    • Trastorno grave del lenguaje (disfasia).
    • Problemas que dificultan el aprendizaje (Retraso madurativo, problemas emocionales, dislexias, déficit de atención, dislalias).


- Plan de acción tutorial


Es el documento  de planificación de las acciones que corresponde desarrollar a los tutores, bajo la supervisión del Jefe de Estudios.

Trata de ser coherente con los elementos que figuran en el PEC. Todos los profesores son tutores, pero no todos pueden ejercer. En primaria no hay horas de tutoría y se desarrollan en horas de clases normales.

- Plan de convivencia 


El Plan de Convivencia constituye un aspecto del proyecto educativo que concreta la organización y el funcionamiento del centro en relación con la convivencia y establece las líneas generales del modelo de convivencia a adoptar en el mismo, los objetivos específicos a alcanzar, las normas que lo regularán y las actuaciones a realizar en este ámbito para la consecución de los objetivos planteados.

En todos ellos se constituirá una Comisión de Convivencia que tendrá como función canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para mejorar la convivencia en el centro, el respeto mutuo y la resolución pacífica e inteligente de los conflictos.

Serán herramientas clave, la mediación como proceso educativo para la gestión de conflictos , la elaboración de sanciones que tengan un carácter educativo y la adecuación de cauces de comunicación y participación con las familias, de manera que estas puedan actuar también como agentes mediadores.

- Plan de gestión


La gestión educativa está conformada por un conjunto de procesos organizados que permiten que una institución o una secretaría de educación logren sus objetivos y metas.

2.ELABORACIÓN DE LA PLANIFICACIÓN EDUCATIVA

PARTICIPATIVA

En la elaboración, se podría decir que todo el mundo colabora, puesto que todo el entorno del niño/a, tiene un representante dentro del centro, pero estos representantes, unos tienen más voz que otros. Según qué tipo de órgano sea podemos hablar de su aportación a la hora de la planificación.



De gobierno:
  •  Director: Colabora con los órganos de la Administración educativa en todo lo relativo al logro de los objetivos del centro, así como formar parte de los órganos consultivos de la Dirección provincial que se establezcan al efecto; gestionar los medios materiales, así como autorizar los gastos; fomentar y coordinar la participación de los distintos sectores de la comunidad educativa; Son competencias del director que ayudan a que la planificación se desarrolle de una manera correcta y adecuada.
  • Jefe de Estudios: Coordinar las actividades,  algunas competencias que también desarrolla el director.

Colegiados:
  • Consejo escolar: Es el que más peso tiene a nivel general del centro, cuando hablamos de una planificación general, puesto que es el encargado de aprobar y evaluar el PEC y la PGA, con un seguimiento analítico y valorativo del funcionamiento general del centro.
  • Claustro de profesores: encargado  de formular propuestas al equipo directivo para el proyecto educativo y la programación general anual; establece los criterios para la elaboración de los proyectos curriculares, con su posterior aprobación y elaboración.

Coordinación docente:
  •     Junta de profesores: Evaluar  y seguir de una manera global el curso que llevan los alumnos.
  •    Departamento de orientación: Realiza propuestas al equipo directivo y claustro en relación a la elaboración o modificación del proyecto educativo del centro y la PGA; elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares.
  •    Departamento de Didáctica: Formular propuestas al equipo directivo y al claustro, acerca de  PEC y PGA; actualizar la metodología didáctica.
  •    Comisión de Coordinación Pedagógica: Asegura la coherencia entre el PEC, los proyectos curriculares y la PGA; se preocupa por el cumplimiento de los proyectos curriculares; elabora la organización de la orientación educativa y del Plan de acción tutorial.
  •     Equipos de ciclo: Junto al equipo directivo elabora los aspectos docentes del proyecto educativo; elabora las programaciones didácticas o , en su caso, las propuestas pedagógicas correspondientes al mismo, de acuerdo con el PEC.

 Participación:
  •    Junta de alumnos: Fomentar la convivencia; colaborar con los profesores y las autoridades del instituto; cuidar del material.
  •    Asociación de padres y madres (AMPA): Encargados de gestionar el comedor del centro y organizar actividades fuera del horario escolar.
  •    Asociación de alumnos: Fomentar la participación de los alumnos en la programación general de la enseñanza a través de los correspondientes órganos colegiados; luchar por un sistema igualitario.


Como conclusión se podría decir, que todos los órganos del centro participan de una manera directa o indirecta en la planificación educativa, pero el órnago que por excelencia resalta es el consejo escolar, ya que esta compuesto por el equipo directivo, cierto número de padres, cierto número de alumnos, y cierto número de profesores, englobando y desarrollando todas las funciones y órganos descritos anteriormente.

APRUEBA

El consejo escolar es quien aprueba y evalúa los proyectos y normas, recogidas en el PEC, PGA, reglamento interno.



3. LEGISLACIÓN DE LA PLANIFICACIÓN EDUCATIVA



LEY ORGANICA DE EDUCACIÓN (LOE)



Es la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación es la actual ley orgánica estatal que regula las enseñanzas educativas en España en diferentes tramos de edades, vigente desde el curso académico 2006/07.

Está publicada en el Boletín Oficial del Estado el 4 de mayo de 2006. Esta ley establece que tiene como objetivo adecuar la regulación legal de la educación no universitaria a la realidad actual bajo los principios de calidad de la educación para todo el alumnado, la equidad que garantice la igualdad de oportunidades, la transmisión y efectividad de valores que favorezcan la libertad, responsabilidad, tolerancia, igualdad, respeto y la justicia, etc.

Algunos documentos de la planificación educativa están regulados por la LOE.
Para lograr una planificación educativa adecuada a cada lugar y momento, es necesario tener en cuenta los principios y fines de la educación, recogidos en el primer capítulo de la LOE, y que deben tenerse en cuenta a la hora de una planificación educativa dicen así:

PRINCIPIOS

La calidad de la educación para todo el alumnado, independientemente de sus condiciones y circunstancias.
- La equidad, que garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no discriminación y actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que deriven de discapacidad.
- La transmisión y puesta en práctica de valores que favorezcan la libertad personal, la responsabilidad, la ciudadanía democrática, la solidaridad, la tolerancia, la igualdad, el respeto y la justicia, así como que ayuden a superar cualquier tipo de discriminación.
- La concepción de la educación como un aprendizaje permanente, que se desarrolla a lo largo de toda la vida.
- La flexibilidad para adecuar la educación a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades del alumnado, así como a los cambios que experimentan el alumnado y la sociedad.
- La orientación educativa y profesional de los estudiantes, como medio necesario para el logro de una formación personalizada, que propicie una educación integral en conocimientos, destrezas y valores.
- El esfuerzo individual y la motivación del alumnado.
- El esfuerzo compartido por alumnado, familias, profesores, centros, Administraciones, instituciones y el conjunto de la sociedad.
- La autonomía para establecer y adecuar las actuaciones organizativas y curriculares en el marco de las competencias y responsabilidades que corresponden al Estado, a las Comunidades Autónomas, a las corporaciones locales y a los centros educativos.
- La participación de la comunidad educativa en la organización, gobierno y funcionamiento de los centros docentes.
- La educación para la prevención de conflictos y para la resolución pacífica de los mismos, así como la no violencia en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.
- El desarrollo de la igualdad de derechos y oportunidades y el fomento de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.
- La consideración de la función docente como factor esencial de la calidad de la educación, el reconocimiento social del profesorado y el apoyo a su tarea.
- El fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa.
- La evaluación del conjunto del sistema educativo, tanto en su programación y organización y en los procesos de enseñanza y aprendizaje como en sus resultados.
- La cooperación entre el Estado y las Comunidades Autónomas en la definición, aplicación y evaluación de las políticas educativas.
- La cooperación y colaboración de las Administraciones educativas con las corporaciones locales en la planificación e implementación de la política educativa.


FINES
-  El pleno desarrollo de la personalidad y de las capacidades de los alumnos.
- La educación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales, en la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres y en la igualdad de trato y no discriminación de las personas con discapacidad.
- La educación en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia, así como en la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos.
- La educación en la responsabilidad individual y en el mérito y esfuerzo personal.
- La formación para la paz, el respeto a los derechos humanos, la vida en común, la cohesión social, la cooperación y solidaridad entre los pueblos así como la adquisición de valores que propicien el respeto hacia los seres vivos y el medio ambiente, en particular al valor de los espacios forestales y el desarrollo sostenible.
- El desarrollo de la capacidad de los alumnos para regular su propio aprendizaje, confiar en sus aptitudes y conocimientos, así como para desarrollar la creatividad, la iniciativa personal y el espíritu emprendedor.
- La formación en el respeto y reconocimiento de la pluralidad lingüística y cultural de España y de la interculturalidad como un elemento enriquecedor de la sociedad.
- La adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, de conocimientos científicos, técnicos, humanísticos, históricos y artísticos, así como el desarrollo de hábitos saludables, el ejercicio físico y el deporte.
- La capacitación para el ejercicio de actividades profesionales.
- La capacitación para la comunicación en la lengua oficial y cooficial, si la hubiere, y en una o más lenguas extranjeras.
- La preparación para el ejercicio de la ciudadanía y para la participación activa en la vida económica, social y cultural, con actitud crítica y responsable y con capacidad de adaptación a las situaciones cambiantes de la sociedad del conocimiento.


ROC/DOC (REGLAMENTO ÓRGANICO DE CENTRO/ DOCUMENTO ÓRGANICO
DE CENTRO)

Se trata de una normativa, que adapta la organización y funcionamiento de los centro
educativos, ya sean de infantil, primaria, secundaria, etc.. Se basa en los reales decretos, esto
favorece a que gracias a una organización establecida, sea más fácil la panificación educativa,
puesto que ya caga órgano de gobierno del centro tiene sus funciones, competencias, etc... Se
realiza en el 1996, porque algunas cosas con la LOE no se han desarrollado.

DECRETO CURRICULAR
Se trata de organizar y conducir los procesos de enseñanza y aprendizaje que son
necesarios para alcanzar los objetivos educativos propuestos. En este apartado nos da
cierta flexibilidad a la hora de realizar unas actividades u otras, ya que, se tienen bastante
en cuenta las necesidades el alumnado. Por ello la didáctica curricular a la hora de una 
planificación educativa, se trata de ver cuál es el camino que vas a seguir para llegar al
objetivo propuesto, utilizando todos los elementos necesarios para llegar a dicho objetivo.
Lo desarrolla cada Comunidad Autónoma.



Se trata del nivel más concreto a la hora de la planificación educativa, y está diseñado por el
docente, y solo afecta al aula. Además, es un proceso que se basa en la precia selección y
organización de las experiencias de aprendizaje.

Al tratarse de una planificación curricular, esta debe ocupar todo el curso, pero para ello
podemos diferencias diversas planificaciones curriculares:

-  Anual
-  Bimestral
-  Semanal
-  Semanal o diaria



















Entrada 3. Los órganos de centro




Órganos de Gobierno

1. Equipo directivo

Director


Selección: Se realizará mediante un proceso en el que participen la comunidad educativa y la Administración educativa. Este proceso debe permitir seleccionar a los candidatos más idóneos profesionalmente y que obtengan el mayor apoyo de la comunidad educativa.
Se efectuará mediante concurso de méritos entre profesores funcionarios de carrera que impartan alguna de las enseñanzas encomendadas al centro.
La selección se realizará de conformidad con los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad. Tendrá una duración de cuatro años en el cargo. Una vez elegido, es el presidente del Consejo Escolar.


Requisitos: 
  • Tener una antigüedad de al menos cinco años  en la función pública docente.
  • Haber impartido docencia directa durante un periodo de igual duración, en alguna de las enseñanzas de las que ofrece el centro a que se opta.
  • Estar prestando servicios en un centro público, en alguna de las enseñanzas de las del centro al que se opta, con una antigüedad en el mismo de al menos un curso completo al publicarse la convocatoria, en el ámbito de la Administración educativa convocante.
  • Presentar un proyecto de dirección que incluya, entre otros, los objetivos, las líneas de actuación y la evaluación del mismo.

Procedimiento de selección:
1. Para la selección de los directores en los centros públicos, las Administraciones educativas convocarán concurso de méritos y establecerán los criterios objetivos y el procedimiento de valoración de los méritos del candidato y del proyecto presentado.
2. La selección será realizada en el centro por una Comisión constituida por representantes de la Administración educativa y del centro correspondiente.
3. Corresponde a las Administraciones educativas determinar el número total de vocales de las comisiones. Al menos un tercio de los miembros de la comisión será profesorado elegido por el Claustro y otro tercio será elegido por y entre los miembros del Consejo Escolar que no son profesores.
4. La selección del director, que tendrá en cuenta la valoración objetiva de los méritos académicos y profesionales acreditados por los aspirantes y la valoración del proyecto de dirección, será decidida democráticamente por los miembros de la Comisión, de acuerdo con los criterios establecidos por las Administraciones educativas.
5. La selección se realizará considerando, primero, las candidaturas de profesores del centro, que tendrán preferencia. En ausencia de candidatos del centro o cuando éstos no hayan sido seleccionados, la Comisión valorará las candidaturas de profesores de otros centros.

Nombramiento:
1. Los aspirantes seleccionados deberán superar un programa de formación inicial, organizado por las Administraciones educativas. Los aspirantes seleccionados que acrediten una experiencia de al menos dos años en la función directiva estarán exentos de la realización del programa de formación inicial.
2. La Administración educativa nombrará director del centro que corresponda, por un periodo de cuatro años, al aspirante que haya superado este programa.
3. El nombramiento de los directores podrá renovarse, por periodos de igual duración, previa evaluación positiva del trabajo desarrollado al final de los mismos. Los criterios y procedimientos de esta evaluación serán públicos. Las Administraciones educativas podrán fijar un límite máximo para la renovación de los mandatos.

Cese del director:
El cese del director se producirá en los siguientes casos:
a) Finalización del periodo para el que fue nombrado y, en su caso, de la prórroga del mismo.
b) Renuncia motivada aceptada por la Administración educativa.
c) Incapacidad física o psíquica sobrevenida.
d) Revocación motivada, por la Administración educativa competente, a iniciativa propia o a propuesta motivada del Consejo Escolar, por incumplimiento grave de las funciones inherentes al cargo de director. En todo caso, la resolución de revocación se emitirá tras la instrucción de un expediente contradictorio, previa audiencia al interesado y oído el Consejo Escolar.

Competencias:
  • Representar al centro y a la Administración educativa. 
  • Garantizar el cumplimiento de las leyes
  • Dirigir y coordinar todas las actividades del centro de acuerdo con las disposiciones vigentes.
  • Colaborar con los órganos de la Administración educativa en todo lo relativo al logro de los objetivos del centro. 
  • Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al instituto y controlar la asistencia al trabajo. 
  • Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de los conflictos e imponer las medidas de disciplina.
  • Gestionar los medios materiales del instituto.
  • Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del instituto y ordenar los pagos.
  • Designar y proponer el cese de los restantes miembros del equipo directivo, salvo el administrador, así como designar y cesar a los jefes de departamento y a los tutores, de acuerdo con el procedimiento establecido en este Reglamento.
  • Ejecutar los acuerdos de los órganos colegiados.
  • Fomentar y coordinar la participación de los distintos sectores de la comunidad educativa y procurar los medios precisos para la más eficaz ejecución de sus respectivas competencias, garantizando el derecho de reunión de profesores, alumnos, padres y personal de administración y servicios.
  • Elaborar la propuesta de proyecto educativo y de la programación general anual del instituto, de acuerdo con las directrices y criterios establecidos por el consejo escolar del mismo y con las propuestas formuladas por el claustro y, asimismo, velar por su correcta aplicación.
  • Convocar y presidir los actos académicos, el consejo escolar, el claustro y la comisión de coordinación pedagógica del instituto.
  • Promover e impulsar las relaciones con las instituciones de su entorno y facilitar la adecuada coordinación con otros servicios formativos de la zona.
  • Promover las relaciones con los centros de trabajo que afecten a la formación de los alumnos y a su inserción profesional, y firmar los convenios de colaboración, una vez informados por el consejo escolar, entre el instituto y los mencionados centros.
  • Facilitar la información sobre el centro a los distintos sectores de la comunidad escolar.
  • Favorecer la evaluación de todos los proyectos y actividades del instituto y colaborar con la Administración educativa en las evaluaciones externas que periódicamente se lleven a cabo.
  • Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros de acuerdo con las disposiciones vigentes.

Jefe de estudios
Nombramiento: Serán profesores, en situación de servicio activo, con destino definitivo en el centro, designados por el director, previa comunicación al consejo escolar, y nombrados por el director provincial.
En situaciones excepcionales y con autorización expresa del director provincial, podrá ser nombrado un profesor que no tenga destino definitivo en el centro.
El director remitirá al director provincial la propuesta de nombramiento de los profesores por él designados que han de ocupar los cargos de jefe de estudios y de secretario. El nombramiento y la toma de posesión se realizarán con efectos de uno de julio siguiente a la celebración de la elección a director.
La duración del mandato del jefe de estudios y el secretario será la que corresponda al director que los hubiera designado.

Competencias: 
  • Ejercer, por delegación del director y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente.
  • Sustituir al director en caso de ausencia o enfermedad.
  • Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias de profesores y alumnos, en relación con el proyecto educativo, los proyectos curriculares de etapa y la programación general anual y velar por su ejecución.
  • Elaborar, en colaboración con los restantes miembros del equipo directivo, los horarios académicos de alumnos y profesores de acuerdo con los criterios aprobados por el claustro y con el horario general incluido en la programación general anual y velar por su estricto cumplimiento.
  • Coordinar las actividades de los jefes de departamento.
  • Coordinar y dirigir la acción de los tutores, con la colaboración, del departamento de orientación y de acuerdo con el plan de orientación académica y profesional y del plan de acción tutorial.
  • Coordinar, con la colaboración del representante del claustro en el centro de profesores y recursos, las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como planificar y organizar las actividades de formación de profesores realizadas por el instituto.
  • Organizar los actos académicos.
  • Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar, especialmente en lo que se refiere al alumnado, facilitando y orientando su organización, y apoyando el trabajo de la junta de delegados.
  • Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la programación general anual, junto con el resto del equipo directivo.
  • Favorecer la convivencia en centro y garantizar el procedimiento para imponer las correcciones que correspondan, de acuerdo con las disposiciones vigentes, lo establecido en el reglamento de régimen interior y los criterios fijados por el consejo escolar.
  • Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el director dentro de su ámbito de competencia.

Secretario

Nombramiento: Serán profesores, en situación de servicio activo, con destino definitivo en el centro, designados por el director, previa comunicación al consejo escolar, y nombrados por el director provincial.
En situaciones excepcionales y con autorización expresa del director provincial, podrá ser nombrado un profesor que no tenga destino definitivo en el centro.
El director remitirá al director provincial la propuesta de nombramiento de los profesores por él designados que han de ocupar los cargos de jefe de estudios y de secretario. El nombramiento y la toma de posesión se realizarán con efectos de uno de julio siguiente a la celebración de la elección a director.
La duración del mandato del jefe de estudios y el secretario será la que corresponda al director que los hubiera designado.


Competencias: 
  • Ordenar el régimen administrativo del instituto..
  • Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno del centro, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del director.
  • Custodiar los libros y archivos del instituto.
  • Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.
  • Realizar el inventario general del instituto y mantenerlo actualizado.
  • Custodiar y coordinar la utilización de los medios informáticos, audiovisuales y del resto del material didáctico.
  • Ejercer, por delegación del director y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y de servicios adscrito al centro.
  • Elaborar el anteproyecto de presupuesto del instituto.
  • Ordenar el régimen económico del centro, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.
  • Velar por el mantenimiento material del centro.
  • Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la programación general anual, junto con el resto del equipo directivo.
  • Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el director dentro de su ámbito de competencia.

Jefe de residencia
Nombramiento: Serán profesores en situación de servicio activo, con destino definitivo en el instituto, designados por el director, previa comunicación al consejo escolar, y nombrados por el director provincial.
En situaciones excepcionales y con autorización expresa del director provincial, podrá ser nombrado un profesor que no tenga destino definitivo en el centro. 
La duración del mandato será la que corresponda al director que los hubiera designado.

Competencias: 
  • Organizar la vida residencial bajo la directa dependencia del director del centro.
  • Coordinar la elaboración de la programación de las actividades de la residencia, así como redactarla. Para su realización el jefe de residencia se coordinará con los órganos pertinentes del centro.
  • Ejercer, por delegación del director y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente adscrito a la residencia.
  • Favorecer la convivencia en la residencia y garantizar, junto con el director, el procedimiento para imponer las correcciones que correspondan, de acuerdo con las disposiciones vigentes, lo establecido en el reglamento de régimen interior y los criterios fijados por el consejo escolar.
  • Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar en la residencia, especialmente en lo que se refiere al alumnado, facilitando su organización y orientando y apoyando su trabajo.
  • Cualquier otra función encomendada por el director dentro de su ámbito de competencia.


Jefe de estudios adjuntos

Sólo aparece en secundaria

Nombramiento: Serán profesores, en situación de servicio activo, con destino definitivo en el centro, designados por el director, previa comunicación al consejo escolar, y nombrados por el director provincial.
En situaciones excepcionales y con autorización expresa del director provincial, podrá ser nombrado un profesor que no tenga destino definitivo en el centro.
El director remitirá al director provincial la propuesta de nombramiento de los profesores por él designados que han de ocupar los cargos de jefe de estudios y de secretario. El nombramiento y la toma de posesión se realizarán con efectos de uno de julio siguiente a la celebración de la elección a director.

Funciones: Las funciones del jefe de estudios adjunto serán las que le encomien el jefe de estudios, siéndole asignadas éstas por el director.
Una vez nombrados, los jefes de estudios adjuntos formarán parte del equipo directivo.


2. Colegiados

Consejo escolar


Es el órgano de participación en el control y gestión del centro de los distintos sectores que constituyen la comunidad educativa. Aquí intervienen diferentes miembros de la comunidad   educativa como son padres, tutores, director que será quien presida las sesiones, jefe o jefes de estudio, alumnos, etc... Su función será planificar actividades, informar sobre todos los aspectos relacionados con el centro, colaborar con el resto de órganos del centro, asesorando en las tomas de decisiones con la finalidad de mejorar el funcionamiento y clima del centro.

Composición:
  • el director del centro, que será su Presidente
  • el jefe de estudios
  • concejal o representante del Ayuntamiento
  • un número de profesores, elegidos por el Claustro, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo,
  • un número de padres y de alumnos, elegidos respectivamente por y entre ellos, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo,
  • un representante del personal de administración y servicios del centro
  • secretario del centro, que actuará como secretario del Consejo, con voz y sin voto.
Una vez que esté formado se elegirá a una persona que impulse medidas educativas para fomentar la igualdad entre hombres y mujeres.

Uno de los representantes de los padres será elegido por la asociación de padres más representativa del centro.

Los alumnos pueden ser elegidos miembros a partir de primero de la ESO, pero aun así en este curso y en el siguiente no podrán participar en la selección del director. 

Los alumnos de primaria podrán participar en los términos que establezcan las administraciones públicas.


La renovación de los componentes del consejo escolar, es por sistema de mitades; se renueva la mitad de los padres y profesores (cada 4 años) y se puede dimitir.

Competencias: 
  • Aprobar y evaluar los proyectos y las normas
  • Aprobar y evaluar la programación general anual del centro
  • Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
  • Participar en la selección del director del centro. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso proponer la revocación del nombramiento del director.
  • Decidir sobre la admisión de alumnos.
  • Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa vigente.
  • Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.
  • Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar y aprobar la obtención de recursos complementarios. 
  • Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
  • Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
  • Elaborar propuestas e informes sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión.



Claustro de profesores
Composición: Es el órgano propio de participación de los profesores en el gobierno del centro y tiene como responsabilidad planificar, coordinar, informar y decidir sobre los aspectos educativos del centro.
Será  presidido por el director y estará integrado por la totalidad de los profesores que presten servicios en el instituto. El administrador, si existiera,  actuará como secretario, con voz, pero sin voto.

Funcionamiento: El claustro se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre, siempre que lo convoque el director o lo solicite un tercio de sus miembros.
Se realizará una sesión al principio del curso y otra al final del mismo.
La asistencia es obligatoria para todos sus miembros.

La función principal del Claustro es la de impartir docencia sobre el alumnado.

Competencias: 
  • Formular propuestas al equipo directivo para el proyecto educativo y la programación general anual.
  • Establecer los criterios para la elaboración de los proyectos curriculares, aprobarlos, evaluarlos y decidir las posibles modificaciones.
  • Aprobar los aspectos docentes de la programación general anual e informar aquella antes de su presentación al consejo escolar y de la memoria de final de curso.
  • Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica.
  • Elegir a sus representantes en el consejo escolar y participar en la selección del director.
  • Conocer las candidaturas a la dirección y los programas presentados por los candidatos.
  • Coordinar las funciones referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.
  • Analizar y evaluar los aspectos docentes del proyecto educativo y la programación general anual.
  • Aprobar los criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios de los alumnos.
  • Aprobar la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación y el calendario de exámenes o de pruebas extraordinarias.
  • Aprobar los criterios para la elaboración de los horarios de los profesores.
  • Analizar y valorar trimestralmente la situación económica del centro.
  • Analizar y valorar la evolución del rendimiento escolar general del instituto a través de los resultados de las evaluaciones y cuantos otros medios se consideren adecuados.


Órganos de coordinación docente

Tutoría

En los centros de educación secundaria habrá un tutor por cada grupo de alumnos. El tutor es elegido por el director, propuesto por el jefe de estudios, entre los profesores que impartan docencia al grupo. El jefe de estudios coordinará el trabajo de los tutores y mantendrá las reuniones periódicas necesarias para el buen funcionamiento de la acción tutorial. Si un centro realiza algo diferente en cuanto a programación se refiere, lo debe escribir en el plan de acción tutorial.


Funciones:
  • Participar en el desarrollo del plan de acción tutorial.
  • Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos de su grupo.
  • Organizar y presidir la junta de profesores y las sesiones de evaluación de su grupo.
  • Facilitar la integración de los alumnos en el grupo mediante charlas y actividades en las que se pretende que intervengan todos los alumnos.
  • Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades académicas y profesionales.
  • Colaborar con el departamento de orientación, en los términos que establezca la jefatura de estudios.
  • Atender las demandas e inquietudes de los alumnos y mediar ante el resto de los profesores y el equipo directivo en los problemas que se planteen.
  • Coordinar las actividades complementarias para los alumnos del grupo.
  • Informar a los padres, a los profesores y a los alumnos del grupo de todo aquello que les incumbe relacionado con el rendimiento académico.
  • Facilitar la cooperación educativa entre los profesores y los padres de los alumnos.
La junta de profesores de grupo
Formada: La junta de profesores de grupo estará constituida por todos los profesores que imparten docencia a los alumnos del grupo y será coordinada por su tutor.

Funciones:
  • Realizar la evaluación y el seguimiento global de los alumnos del grupo.
  • Establecer las actuaciones necesarias para mejorar el clima de convivencia del grupo.
  • Tratar de solucionar los conflictos que surjan en el grupo, estableciendo las medidas que sean necesarias para resolverlos.
  • Tratar que haya coordinación de las actividades de enseñanza y aprendizaje que se propongan a los alumnos del grupo.
  • Conocer y participar en la elaboración de la información que se proporcione a los padres o tutores de cada uno de los alumnos del grupo.
  • Cualquier otra que establezca el reglamento de régimen interior del centro.


Departamento de orientación
Formado:  Profesores de enseñanza secundaria, entre los que habrá, al menos, uno de la especialidad de psicología y pedagogía.


Funciones:
  • Realizar propuestas al equipo directivo y al claustro en relación a la elaboración o modificación del proyecto educativo del instituto y la programación general anual.
  • Elaborar las propuestas de organización de la orientación educativa, psicopedagógica, profesional y del plan de acción tutorial para incluirlas en los proyectos curriculares de etapa
  • Contribuir al desarrollo de la orientación educativa, psicopedagógica y profesional de los alumnos, especialmente en lo que concierne a los cambios de ciclo o etapa.
  • Contribuir al desarrollo del plan de orientación académica y profesional y del plan de acción tutorial y elevar al consejo escolar una memoria sobre su funcionamiento al final del curso.
  • Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares apropiadas para los alumnos con necesidades educativas especiales para la posterior inclusión en los proyectos curriculares de etapa.
  • Colaborar con los profesores, con la finalidad de una detección temprana de problemas de aprendizaje, y en la programación y aplicación de adaptaciones curriculares dirigidas a los alumnos que lo precisen, entre ellos los alumnos con necesidades educativas especiales y los que sigan programas de diversificación.
  • Realizar la evaluación psicológica y pedagógica previa por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la enseñanza secundaria obligatoria.
  • Promover la investigación educativa y proponer actividades de perfeccionamiento de sus miembros.
  • Organizar y realizar actividades complementarias en colaboración con el departamento correspondiente.
  • Elaborar el plan de actividades del departamento y, a final de curso, una memoria en la que se evalúe el desarrollo del mismo.


Departamento de coordinación didáctica

Formado: A cada departamento didáctico pertenecerán los profesores de la especialidad que impartan las enseñanzas propias de las áreas, materias o módulos asignados al departamento.
Cuando en un departamento se integren profesores de más de una de las especialidades establecidas, la programación e impartición de las áreas, materias o módulos de cada especialidad corresponderá a los profesores respectivos.
Los jefes de los departamentos didácticos serán designados por el director del instituto y desempeñarán su cargo durante cuatro cursos académicos.

Funciones:
  • Formular propuestas al equipo directivo y al claustro, relacionadas con  la elaboración o modificación del proyecto educativo y la programación general anual.
  • Formular propuestas a la comisión de coordinación pedagógica relativas a la elaboración o modificación de los Proyectos curriculares de etapa.
  • Elaborar, antes del comienzo del curso académico, la programación didáctica de las enseñanzas correspondientes a las áreas, materias y módulos integrados en el departamento, bajo la coordinación y dirección del jefe del mismo, y de acuerdo con las directrices generales establecidas por la comisión de coordinación pedagógica. 
  • Promover la investigación educativa y proponer actividades de perfeccionamiento de sus miembros.
  • Mantener actualizada la metodología didáctica
  • Colaborar con el departamento de orientación, bajo la dirección del jefe de estudios, en la prevención y detección temprana de problemas de aprendizaje, y elaborar la programación y aplicación de adaptaciones curriculares para los alumnos que lo precisen, entre ellos los alumnos con necesidades educativas especiales y los que sigan programas de diversificación.
  • Organizar y realizar actividades complementarias en colaboración con el departamento correspondiente.
  • Organizar y realizar las pruebas necesarias para los alumnos de bachillerato o de ciclos formativos con materias o módulos pendientes y, en su caso, para los alumnos libres.
  • Resolver las reclamaciones del proceso de evaluación que los alumnos formulen al departamento y dictar los informes pertinentes.
  • Elaborar, a final de curso, una memoria en la que se evalúe el desarrollo de la programación didáctica, la práctica docente y los resultados obtenidos.
  • Proponer materias optativas dependientes del departamento, que serán impartidas por los profesores del mismo.
Responsable de coordinación de FOL y Economía
En los institutos de educación secundaria que impartan las enseñanzas de Bachillerato en la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales existirá un responsable de la coordinación didáctica de Economía. Este responsable habrá  de ser de la especialidad de Economía.
En aquellos centros en los que se imparta Formación Profesional existirá un responsable de la coordinación didáctica de Formación y Orientación Laboral. Debe ser especializado en Formación y Orientación Laboral.
Ambos coordinadores estarán sujetos al desempeño de las mismas funciones y al mismo procedimiento de nombramiento y cese que los jefes de los departamentos de coordinación didáctica.  

La Comisión de Coordinación Pedagógica (CCP)


Es un órgano fundamental para el desarrollo del Centro. Coordina de forma habitual y permanente las labores docentes del profesorado, de los ciclos, de los tutores y especialistas, de las actividades lectivas: docentes, complementarias, extraescolares... Coordina todos los trabajos académicos y la actividad lectiva del Centro. Aborda las actividades extraescolares y complementarias. Se encarga el Jefe de Estudios y lo lleva al CCP. Esta comisión se formará en los centros con 12 o más grupos
La Comisión se reúne cada trimestre(al principio y al final) y está formada por el Director, que es el presidente de la Comisión, el Jefe de Estudios, los Coordinadores de los Ciclos y de las TIC´s

Funciones:
  • Establece las directrices para elaborar y revisar los Proyectos curriculares de etapa, así como dirigirlos y coordinarlos.
  • Asegura la coherencia entre el Proyecto Educativo del Centro, los Proyectos curriculares y la    Programación General Anual, así como proponer al Claustro su evaluación, aprobación y modificaciones.
  • Se preocupa para que se cumplan los Proyectos curriculares en la práctica docente, así como su evaluación.
  • Elabora la organización de la orientación educativa y del Plan de Acción Tutorial.
  • Elabora propuestas de criterios y procedimientos para las adaptaciones curriculares y planes sobre la diversidad del alumnado.
  • Propone al Claustro la planificación de las sesiones de evaluación y calificación y el Plan de formación del profesorado.
  • Eleva al Consejo Escolar informes sobre el propio funcionamiento, en la memoria final.

Departamento de actividades complementarias y extracurriculares

Aquellas actividades que amplían la enseñanza reglada contribuyendo a la formación integral del alumno.
Se realizan dentro o fuera de las instalaciones del centro, no discriminan a ningún miembro de la comunidad educativa y carecen de ánimo de lucro.
El jefe de este departamento será el profesor designado por el director. Sus competencias y funciones son las establecidas en el Reglamento Orgánico.

Objetivos:
  • Fomentar la participación activa del alumno en las actividades culturales, deportivas y de ocio   ofrecidas por el centro.
  • Mantener las actividades complementarias o extraescolares que han sido del agrado de la comunidad educativa en cursos anteriores.
  • Apoyar a los departamentos en las actividades que tengan programadas y en el desarrollo de experiencias interdisciplinares.
  • Mantener la colaboración entre este Departamento, Jefatura de Estudios  y el Departamento de Orientación en todo lo relacionado con la conveniencia y distribución temporal de las actividades programadas.
  • Hacer llegar a los distintos departamentos las actividades propuestas por otras instituciones o entidades que tengan carácter educativo y cultural y que puedan tener alguna relación con las materias que en aquellos se imparten.
  • Solicitar las subvenciones ofrecidas por la Diputación o la Consejería a través de los programas que consideren interesantes los profesores.
  • Solicitar voluntarios para charlas y talleres, al igual que instalaciones a otras instituciones cuando no sea posible realizar las actividades dentro del mismo instituto.
  • Programar actividades para fomentar el desarrollo personal, social y cultural de los alumnos.
Las actividades extracurriculares no forman parte de las programaciones didácticas, tienen lugar fuera del horario lectivo y los alumnos participan en ellas de forma voluntaria.
Tienen que estar recogidas en la P.G.A. y deben tratar sobre los siguientes temas: comunicación, lectura e  idiomas; desarrollo artístico, Cultura física y deportiva, uso de las tecnologías de la información y la comunicación, desarrollo de las habilidades personales y de convivencia y conocimiento y respeto al patrimonio natural y cultural.
Deben ser explicadas con claridad a todos los alumnos, sus horarios, quien las dirige, su coste en el caso de que no sean gratuitas...
En cualquier caso deben estar aprobadas por el Consejo Escolar el cual será el encargado de evaluar el desarrollo de estas actividades extracurriculares en la Memoria de fin de curso.


Equipos de ciclo

Formado:  Todos los maestros que imparten docencia en él, y son los órganos básicos encargados de organizar y desarrollar; bajo la supervisión del Jefe de Estudios, las enseñanzas del ciclo. Se reúnen una vez por semana. Los profesores se agrupan en Equipos de Ciclo. Existen 4 Equipos de Ciclo: Educación Infantil, 1º Ciclo de Educación Primaria, 2º Ciclo de Educación Primaria, 3ª Ciclo de Educación Primaria.
Cada Equipo reúne a los profesores que imparten docencia en el Ciclo correspondiente.

Objetivos:
  • Junto al equipo directivo elaborar los aspectos docentes del proyecto educativo.
  • Elaborar las programaciones didácticas o, en su caso, las propuestas pedagógicas      correspondientes al mismo, de acuerdo con el proyecto educativo.
  • Velar para que en las programaciones didácticas de todas las áreas se incluyen medidas para estimular el interés y el hábito de la lectura y la mejora de la expresión oral y escrita del alumnado.
  • Realizar el seguimiento del grado de cumplimiento de la programación didáctica y proponer medidas de mejora que se deriven del mismo.
  • Colaborar a la hora de aplicar las medidas de atención a la diversidad que hayan sido desarrolladas para los alumnos y alumnas del ciclo.
  • Promover, organizar y realizar las actividades complementarias y extraescolares, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.
  • Mantener actualizada la metodología didáctica, en especial aquella que favorezca el desarrollo de las capacidades del alumnado en educación infantil y de las competencias básicas en el alumnado de educación primaria.
  • Evaluar la práctica docente y los resultados del proceso de enseñanza-aprendizaje.
  • Los que sean atribuidos en el proyecto educativo del centro o por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.



Órganos de participación



Los órganos de participación son departamentos que impulsa la colaboración entre la familia y los alumnos con el centro al que asiste.


La junta de delegados de alumnos

Formado: Está formada por los delegados de grupos, quienes serán los encargados de exponer al resto de la junta las sugerencias, para posteriormente presentar al equipo directivo sus propuestas para proyecto del centro, PGA, de modificación del Reglamento de Régimen interno, dentro de lo que la junta de delegados puede tratar. La Junta de delegados también tiene el deber de informar a los alumnos de las actividades realizados por esta, informar a los componentes del consejo escolar sobre los problemas que hay en los diferentes cursos.

Cuando la junta crea necesario, ya sea en pleno o en comisión, deberá ser escuchada por el resto de órganos de gobierno del centro:
  • Principalmente en los asuntos relacionados con la celebración de pruebas y exámenes,
  • Con el desarrollo de actividades propuestas por el centro, temas relacionados con las faltas que comentan el alumnado
  • Así como cualquier otra actuación que tenga como foco principal a los alumnos.
Como se eligen: Cada grupo de estudiantes elige, por sufragio universal directo y secreto, durante el primer mes de curso escolar, también se elige un subdelegado, que en caso de faltar el delegado este cumplirá sus funciones.

Funciones:
  • Realizar propuestas para el desarrollo de actividades complementarias y extraescolares en el centro educativo
  • Informar a los representantes del alumnado en el Consejo Escolar de los problemas de cada grupo o curso.
  • Informar al alumnado de las actividades de dicha Junta.
  • Asistir a las reuniones de la junta de delegados y participar en sus deliberaciones.
  • Asistir a las reuniones de la Junta de Evaluación y transmitir a sus compañeros las recomendaciones de la Junta.
  • Fomentar la convivencia entre los alumnos de su grupo.
  • Colaborar con los profesores y con las autoridades del centro para el buen funcionamiento del mismo, difundiendo cuanta documentación se le entregue para que la haga pública.
  • Cuidar de la adecuada utilización del material y de las instalaciones del Instituto.
  • Subir todos los días a primera hora el parte de faltas y bajarlo a Conserjería todos los días a última hora.
  • Cuantas otras permitan una mejora en la marcha de la clase.

La asociación de alumnos

Formado: Órgano formado expresamente por los alumnos de centro, y debaten sobre los propios intereses y propuestas de los alumnos.


Funciones:
  • Expresar la opinión de los alumnos en todo aquello que afecte a su situación en el centro.
  • Colaborar en la labor educativa del centro y en las actividades complementarias y extraescolares del mismo.
  • Promover la participación de los alumnos en los órganos colegiados del centro.
  • Realizar actividades culturales, deportivas y de fomento de la acción cooperativa y de trabajo de equipo.
  • Facilitar la representación de los alumnos en el consejo escolar del centro.
  • Fomentar la participación de los alumnos en la programación general de la enseñanza a través de los correspondientes órganos colegiados.
  • Luchar por la creación de un sistema educativo en que la igualdad de oportunidades, la inserción social, y la participación democrática sean funciones básicas.

La asociación de padres y madres (AMPA)

Formado: Órgano formado por padres y madres de los alumnos de un mismo centro. Son los encargados de gestionar el comedor del centro, organizar actividades fuera del horario escolar (Ejemplos: fin de semana de acampada, representaciones, excursiones, etc...) por lo que para estas actividades es necesario que colaboren también con alguna aportación económica, también se encarga también de la distribución de los libros entre los alumnos del centro.



Funciones:
  • Asistir a los padres o tutores en todo aquello que concierne a la educación de sus hijos
  • Colaborar en las actividades educativas de los centros.
  • Promover la participación de los padres de los alumnos en la gestión del centro.

En cada centro docente podrán existir asociaciones de padres de alumnos integradas por los padres o tutores de los mismos. Estas podrán utilizar las instalaciones  de los centros docentes para la realización de las actividades.

ESCUELA DE PADRES: Está inmersa en el ámbito escolar, puede ser un  instrumento para proporcionar a los padres y madres la información y la formación necesarias. Tiene que haber una buena relación entre padres y profesores. La orientación filosófica y pedagógica de una escuela de padres es muy importante
 Las escuelas de padres deben ser:               
  • Un lugar de encuentro para intercambiar experiencias y reflexionar
  • Un medio para depurar hábitos incorrectos en los padres (autoeducación)
  • Una herramienta para mejorar la calidad educativa en la familia
  • Requieren una asistencia sistemática y una programación
  • La implicación activa de toda la comunidad educativa.
  • Una programación y evaluación.
  • Compromiso de las personas que quieran asistir.
  • Asistencia técnica.
  • Trabajo en pequeños grupos, dirigidos por un monitor.

Consejo escolar


Es el órgano de participación en el control y gestión del centro de los distintos sectores que constituyen la comunidad educativa. Aquí intervienen diferentes miembros de la comunidad   educativa como son padres, tutores, director que será quien presida las sesiones, jefe o jefes de estudio, alumnos, etc... Su función será planificar actividades, informar sobre todos los aspectos relacionados con el centro, colaborar con el resto de órganos del centro, asesorando en las tomas de decisiones con la finalidad de mejorar el funcionamiento y clima del centro.
Composición:
  • el director del centro, que será su Presidente
  • el jefe de estudios
  • concejal o representante del Ayuntamiento
  • un número de profesores, elegidos por el Claustro, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo,
  • un número de padres y de alumnos, elegidos respectivamente por y entre ellos, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo,
  • un representante del personal de administración y servicios del centro
  • secretario del centro, que actuará como secretario del Consejo, con voz y sin voto.
Una vez que esté formado se elegirá a una persona que impulse medidas educativas para fomentar la igualdad entre hombres y mujeres.

Uno de los representantes de los padres será elegido por la asociación de padres más representativa del centro.

Los alumnos pueden ser elegidos miembros a partir de primero de la ESO, pero aun así en este curso y en el siguiente no podrán participar en la selección del director. Los alumnos de primaria podrán participar en los términos que establezcan las administraciones públicas.


La renovación de los componentes del consejo escolar, es por sistema de mitades; se renueva la mitad de los padres y profesores (cada 4 años) y se puede dimitir.

Competencias: 
  • Aprobar y evaluar los proyectos y las normas
  • Aprobar y evaluar la programación general anual del centro
  • Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
  • Participar en la selección del director del centro. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso proponer la revocación del nombramiento del director.
  • Decidir sobre la admisión de alumnos.
  • Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa vigente.
  • Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.
  • Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar y aprobar la obtención de recursos complementarios. 
  • Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
  • Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
  • Elaborar propuestas e informes sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión.